La DGT revoluciona el Reglamento General de Circulación: todas las claves de una reforma que cambia las reglas del juego

La aprobación del Real Decreto 518/2026 supone la actualización más importante del Reglamento General de Circulación desde su entrada en vigor en 2003. La reforma introduce nuevos derechos y obligaciones para motoristas, ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal, regula por primera vez aspectos esenciales de la movilidad urbana e incorpora medidas destinadas a proteger a los usuarios más vulnerables de la vía. El escenario de la movilidad ha cambiado radicalmente desde 2003. La irrupción de los patinetes eléctricos, el auge de la bicicleta como medio de transporte cotidiano, el incremento del parque motociclista, la creación de zonas de bajas emisiones y la transformación del espacio urbano hacían necesaria una profunda revisión de una norma concebida para una realidad muy distinta.

Con el Real Decreto 518/2026, de 23 de junio se acomete precisamente esa actualización. No se trata únicamente de modificar algunos artículos o introducir nuevas sanciones. La reforma supone un cambio de filosofía: por primera vez, el Reglamento deja de estar centrado casi exclusivamente en los vehículos para poner el foco en las personas, especialmente en aquellos usuarios que presentan una mayor vulnerabilidad en caso de accidente.
El texto modifica numerosos preceptos del Reglamento General de Circulación, incorpora un nuevo título dedicado a la circulación urbana y establece nuevas obligaciones para motoristas, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) y conductores de automóviles. Su objetivo es adaptar la legislación española a la nueva movilidad y eliminar contradicciones que habían ido apareciendo tras sucesivas reformas parciales ya que convivían normas estatales con ordenanzas municipales, instrucciones de la DGT e interpretaciones jurisprudenciales que no siempre coincidían.

Motoristas: guantes obligatorios, calzado cerrado y uso condicionado del arcén.

Los conductores de motocicletas constituyen uno de los colectivos más afectados por la reforma. La DGT introduce nuevas obligaciones de equipamiento personal, pero también reconoce algunas demandas históricas del sector.

La modificación más conocida afecta al uso de guantes de protección, que pasan a ser obligatorios para conductor y pasajero cuando circulen por vías interurbanas. Hasta ahora su utilización era únicamente una recomendación basada en criterios de seguridad, pese a que las lesiones en las manos representan una de las consecuencias más habituales de las caídas en motocicleta.

El Reglamento incorpora igualmente la obligación de utilizar calzado cerrado, eliminando la posibilidad de conducir motocicletas con sandalias, chanclas o cualquier otro tipo de calzado abierto. Aunque la norma no obliga a utilizar botas específicas de motocicleta, sí exige una protección mínima del pie.

El Real Decreto también refuerza las exigencias relativas al casco de protección, recordando la obligación de utilizar modelos homologados conforme a la normativa vigente, una medida destinada a combatir la proliferación de equipos de dudosa procedencia que no ofrecen las garantías de seguridad exigibles.
Otra de las principales y más llamativas novedades consiste en permitir que las motos puedan utilizar el arcén derecho en determinadas situaciones de retención, siempre que la vía esté habilitada para ello, no se superen los 30 km/h y no se comprometa la seguridad del resto de usuarios.
Esta medida responde a una antigua reivindicación de numerosas asociaciones de motoristas y pretende reducir el riesgo de colisiones por alcance que sufren las motocicletas cuando permanecen detenidas entre vehículos de mayor tamaño durante los atascos.

De todos modos Catalunya y País Vasco han mostrado su rechazo a esta medida, de modo que habrá que esperar todavía un poco en estas comunidades para ver cómo se desarrolla la ley.

Patinetes eléctricos: Edad mínima 15 años, casco obligatorio y luces siempre encendidas.

La reforma supone también la consolidación normativa de los vehículos de movilidad personal, que dejan de depender únicamente de instrucciones administrativas y ordenanzas municipales para contar con un régimen jurídico mucho más definido.
Entre las principales novedades destaca el establecimiento de una edad mínima de 15 años para conducir un patinete eléctrico, una medida destinada a unificar criterios en todo el territorio nacional.
Asimismo, el uso del casco homologado pasa a ser obligatorio para todos los usuarios de estos vehículos. Hasta ahora esta obligación dependía de la normativa municipal, generando importantes diferencias entre ciudades.

Otra modificación relevante obliga a mantener encendido permanentemente el alumbrado del vehículo durante la circulación, con el objetivo de mejorar su visibilidad frente al resto del tráfico.
El Reglamento también establece la obligación de utilizar chaleco reflectante durante la noche o cuando existan condiciones de baja visibilidad. En el caso de los repartidores y otros usuarios profesionales, esta prenda será obligatoria durante toda la jornada laboral, con independencia de la iluminación existente.

El incumplimiento de estas obligaciones podrá ser sancionado con multas de hasta 200 euros, reflejando la voluntad de la DGT de reforzar la seguridad de un medio de transporte cuya siniestralidad ha aumentado de forma significativa en los últimos años.

Ciclistas: Casco de protección sin excepciones 

Los usuarios de bicicletas también se ven afectados por cambios importantes.
La reforma elimina determinadas excepciones existentes hasta ahora respecto al uso del casco en vías interurbanas, reforzando la protección de un colectivo especialmente vulnerable.
Del mismo modo los ciclistas que desarrollen actividades profesionales, como los repartidores urbanos, deberán utilizar de forma permanente tanto el casco como el chaleco reflectante independientemente de las condiciones meteorológicas o de visibilidad del entorno.


Estas medidas responden al elevado tiempo de exposición al tráfico que soportan quienes utilizan la bicicleta como herramienta de trabajo y buscan reducir la gravedad de las lesiones en caso de accidente.

El pasillo de emergencia pasa a ser obligatorio

Otra de las novedades más destacadas consiste en la incorporación al Reglamento de la obligación de formar un pasillo de emergencia cuando se produzcan retenciones en autopistas y autovías.
Aunque esta práctica ya era ampliamente conocida gracias a las campañas de la DGT y estaba implantada desde hace años en otros países europeos, hasta ahora no figuraba de forma expresa en la normativa española.
A partir de la entrada en vigor del Real Decreto, los conductores deberán desplazarse lateralmente para generar un corredor libre que permita el rápido acceso de ambulancias, bomberos y demás vehículos prioritarios. La medida pretende reducir los tiempos de respuesta de los servicios de emergencia y mejorar la atención a las víctimas de accidentes graves.

La experiencia adquirida durante los grandes temporales registrados en los últimos años también ha dejado su huella en la reforma ya que el Reglamento incorpora nuevas normas de circulación para situaciones de nieve intensa. En estas circunstancias y cuando así lo determinen las autoridades competentes, los vehículos deberán circular exclusivamente por el carril derecho y quedarán prohibidas las maniobras de adelantamiento.
El objetivo es evitar bloqueos provocados por vehículos inmovilizados y facilitar el trabajo de los equipos de conservación de carreteras y de los servicios de emergencia.

Además de las anteriores, otras normas interesantes son la supresión de las exenciones al uso de cinturón para transportistas y chóferes profesionales y se regula el estacionamiento de caravanas, que podrán aparcar en la ciudad como cualquier otro vehículo mientras no se utilicen para acampar.

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